RÉGIMEN
DE FLETAMENTOS
Bajo este régimen se
suelen transportar grandes volúmenes de mercancías:
petróleo, minerales, cereales, etc. en buques tramps, que
son buques sin un programa de navegación fija. Las mercancías
concurren al mercado de fletes donde los agentes de fletamentos
o chartering brokers se ocupan de encontrar los buques adecuados
para su transporte.
Si
alquilo un buque a un naviero, el objeto del contrato es el alquiler
del buque; sin embargo, en el régimen regular se contrata
un transporte. En un contrato de fletamento ni siquiera se habla
de mercancía alguna, se alquila una nave; no se emplea
un conocimiento de embarque sino una póliza de fletamento.
El
transporte de una mercancía en un buque tramp se realiza
en “régimen de fletamento” o “tramping”
que consiste en la contratación de un barco a un naviero.

El
documento en el que se formaliza la operación con un buque
tramp se denomina póliza de fletamento.
Las tarifas se establecen en función de la oferta y la
demanda, negociándose en el mercado de fletes.
La
póliza de fletamento no tiene el valor del conocimiento
de embarque ya que no se trata de mercancías sino del alquiler
de una nave. Si para acreditar una operación nos hace falta
un conocimiento de embarque, necesitaríamos que el capitán
del buque en régimen de fletamento nos expida un conocimiento
de embarque adicional, donde figure que se ha cargado tal mercancía,
su destino, etc.
|