Para el gobierno de embarcaciones
de recreo se establecen los siguientes títulos, que tendrán
validez en todo el ámbito del Estado Español:
Capitán de yate
Patrón de Yate
Patrón de embarcaciones de Recreo
Patrón para navegación Básica
Orden de 17 de Junio de 1997 por la que se regulan las condiciones
para el gobierno de embarcaciones de recreo.
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