TRANSPORTE
INTERNACIONAL EN FERROCARRIL
Se realiza bajo el CIM (Convenio Internacional
de Mercancías en Ferrocarril, 1880). Su última revisión
data de 1980 (COTIF).
El contrato de transporte en ferrocarril se instrumenta en un
documento similar en todos los países: carta de porte en
ferrocarril. No transfiere la propiedad; sólo prueba que
existe un contrato de transporte. Es un recibo del transporte
de la mercancía e informa de que ha salido la mercancía,
no tiene título de valor de propiedad de la mercancía.
Modalidades Carga
completa: vagón completo a disposición del cargador
para que lo cargue.
Grupaje: RENFE llena un vagón con mi mercancía y
la de otros.
Paquetería: volúmenes pequeños de mercancía
que se envía de estación en estación (incluso
al extranjero: EUROEXPRESS).

RÉGIMEN
TIF
Sigue el Convenio
TIF y posibilita el paso de vagones precintados por las Aduanas
intermedias que recorren desde el país de origen hasta
el país de destino, sin más inspección que
la efectuada en la Aduana de salida del país de origen
y en la de llegada del país destinatario, quedando los
vagones exentos de todo impuesto por tránsito intermedio
(Cuaderno TIF-RENFE).
La definición
del Incoterm FCA (franco transportista) obliga al vendedor a entregar
la mercancía al transportista internacional; ¿cómo
se realiza esta entrega? ¿se le deja en el almacén
del transportista o ya cargada en el vagón? Dependerá
del régimen contratado:
- GRUPAJE:
entrega de la mercancía en los almacenes.
- CARGA COMPLETA: tendremos que cargar nosotros
la mercancía en el camión.
La obligación del vendedor termina dependiendo del apellido
del Incoterm.
Para poder realizar
el transporte en régimen TIF, se precisa de un carnet TIF,
que exige que el vagón no ofrezca la posibilidad de introducir/sacar
mercancía sin romper el precinto. No hace falta para circular
dentro de la UE.
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